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martes, 20 de noviembre de 2012

¿Es posible juzgar a Dios? 1ª parte, Pavel Mircea


Como habréis podido observar mis entradas se empiezan a espaciar demasiado en el tiempo. No es por culpa de que vaya muy atareado ni de otros problemas técnicos, la realidad es que las musas me están abandonado, osease , que es culpa enteramente suya, quizás debería demandar a las musas por no cumplir con su parte del trato y no inspirarme para poder seguir con esta bitácora. Pero ¿seria posible demandar a las musas? a las musas no lo se, pero a Dios, el Supremo Hacedor, si que se le ha demandado varias veces, llegando incluso a sentarse en el banquillo en una ocasión. Y aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid (y no estan probando submarinos) voy a escribir tres entradas con este tema, así curare un poco mi sequía creadora. Espero no aburrir a mis amables, y pacientes, lectores.
Dios+juicio+demanda

Nuestra primera historia transcurre en Rumanía. Allí Pavel Mirza  llevaba un vida difícil siempre envuelto en problemas y drogas. Alcohólico desde los catorce años tenia graves problemas de personalidad que ya le llevaron a distintos correccionales y reformatorios por varios delitos, la mayoría con violencia. Finalmente en el año 2.000 cogió un bate de béisbol y en estado de embriaguez empezó a atacar a varias personas al azar, matando a una de ellas a golpes, ademas de lesionar gravemente a dos mas. En el juicio fue declarado culpable y condenado a a cumplir veinte años de cárcel en la penitenciaria de Timisoara.

Pero en el 2.005 decidió, no sabemos si en una ataque de locura o de lucidez, que él no era el responsable de sus actos, sino el mismísimo Dios, ya que según él no le había protegido lo suficiente de la influencia maligna del Diablo. Intentó presentar una petición para quedar libre de la cárcel argumentando la culpabilidad de Dios, pero rápidamente le vio poco futuro al asunto. Sin embargo había algo que si que podía hacer, demandar al Supremo Hacedor por cohecho, estafa y abuso de autoridad. Todo esto argumentado y con sus correspondientes artículos del código penal. El texto principal de su demanda lo podríamos traducir mas o menos así:

Yo Pavel Mircea, en la penitenciaria de Timisoara, y condenado a veinte años de prisión por asesinato, pido que se abra un proceso penal contra el llamado Dios, con domicilio en el cielo y representado por la Iglesia Ortodoxa de Rumania y la Catedral Metropolitana de Timisoara, por los delitos recogidos en los artículos 215 (estafa), 221 (encubrimiento), 246 (abuso de autoridad), 256 (cohecho) y  257 (tráfico de influencias). El bautismo que recibí por parte de la iglesia constituye un contrato con el demandado por el que se comprometía a apartarme del diablo y mantenerme alejado de problemas. Hasta ahora la parte demandada no ha cumplido el contrato a pesar de que ha recibido de mi parte oraciones y otros bienes a cambio del perdón de los pecados y la promesa de que "voy a salir de los problemas y voy a tener una vida mejor", pero me dejó caer en las garras del Diablo.

Puede parecer una locura, y lo es, pero no me digáis que el concepto del bautismo como contrato vinculante entre Dios y el bautizado no deja de tener su intringulis. En la demanda pedía  ademas de una indemnización, la devolución de todo el dinero gastado en velas y dádivas para la iglesia así como un pago por todas la horas perdidas rezando.

Y aunque parezca mentira la demanda no viajó directamente al cubo de la basura. Nadie se la tomó en serio, pero nadie quería ser el que la rechazase. La policía, los fiscales y los juzgados iban pasándose la patata caliente hasta que finalmente en 2007, dos años después de interponerla, se archivó al considerar que Dios no era una persona a efectos legales y que no se le conoce un domicilio.

Espero que os haya resultado un historia tan curiosa como a mí, pero si no os gusta ya sabéis que las culpables son las musas, por incumplimiento de contrato y por negligencia en el cumplimiento de sus funciones.

Enlace a la segunda parte, Ernie Chambers.

Enlace a la tercera parte, la URSS

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8 comentarios:

  1. Jajajaja, muy buena tu entrada de hoy amigo, sin dudas no puedes quejarte de las musas, en esta ocasión si que te han brindado su apoyo y una buena idea.
    Sin dudas es muy curiosos el objeto de la demanda, pero vamos, que esta tan bien redactado y argumentado que hasta abogaría por este sujeto!!!
    Un Saludo, y que las musas sigan inspirándote de esta manera para las dos continuaciones.
    Uriel

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    1. Me alegro de que te guste. ya lo digo siempre, puedes decir la tonteria mas grande que se te ocurra... pero argumentala bien.

      Un saludo y nos seguimos leyendo.

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  2. Muy bueno, hermano. Lo del concepto del bautismo como contrato ciertamente tiene su cosa. La Iglesia, para evitar la apostasía, argumenta que el bautismo es un hecho histórico del que puede quedar registro en fotografías y en el libro parroquial ("Todos estos documentos, incluido el propio registro, testimonian la realización de un hecho y no prejuzgan las creencias posteriores de las personas ni de su pertenencia a la Iglesia." Carta del Arzobispado de Valencia en febrero de 2003 en respuesta a la petición de apostasía)Sin embargo en los catecismos y demás textos, incluyendo el propio rito bautismal, se habla en todo momento del bautismo como vínculo a la iglesia católica, "miembro de la iglesia". Esto tiene que ver también con la Ley de protección de datos y demás, pero ya se aleja del concepto religioso. Así que si Dios te abandona no creo que la Iglesia te defienda, argumentará que lo que has pedido ha sido por tu propia voluntad. Y para enlazarlo con temas de profedegriego creo que tiene que ver con Pilatos y su lavada de manos.
    Angelita

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  3. Bien harías, querido Miguel Ángel, en demandar a las Musas por su falta de inspiración... si tú siempre te has preocupado por ellas, porque, como reconoce el propio Cicerón en su "De natura deorum", las divinidades debían corresponder al hombre en sus intereses materiales ( o, en tu caso, intereses "inspirativos"). Y es que los romanos sentían la intervención de los dioses en todos los momentos de su vida; admitida esta unión con la divinidad, el espíritu jurídico de los romanos por el que ellos comprometen todos sus actos sociales, les hace ver una especie de tratado bilateral en que se busca un interés humano. Vamos, que la religión viene a ser en el fondo un contrato "do ut des", "facio ut facias", es decir, 'yo te doy para que tú me des', 'yo hago para que tú hagas". Los inmortales deben tener cuidado de los hombres y comunicarles un influjo positivo y bienhechor sobre sus vidas; con ello comprometen a los mortales humanos que les corresponden con "cultus", "honores" y "preces"; de igual modo sucedía con los griegos antiguos: en el canto I de la "Ilíada", vv. 37-52, Crises, sacerdote de Apolo en el bando troyano, humillado por la negativa chulesca y amenazadora de Agamenón a devolverle a su hija Criseida a cambio de un espléndido rescate, le recuerda a su dios las veces que le ha servido fielmente para conseguir ahora su apoyo incondicional en la venganza: "Si alguna vez adorné tu gracioso templo o quemé en tu honor grasientos muslos de toros o de cabras, cúmpleme este voto: ¡Que los dánaos paguen mis lágrimas con tus dardos!. Tal fue su plegaria. La oyó Febo Apolo e, irritado en su corazón, descendió de las cumbres del Olimpo con el arco y el carcaj (...). Al principio el dios disparaba contra los mulos y los ágiles perros; pero luego dirigió sus mortíferas flechas contra los hombres, y continuamente ardían muchas piras de cadáveres."
    Te queda, amigo mío, la posibilidad de restablecer ese pacto con el "votum" que en la religión romana era el ruego dirigido a la divinidad con la promesa de realizar algo en su obsequio, como ofrecer un sacrificio, construir un templo, establecer unas fiestas en su honor, levantar un arco..., o con mayor modestia, pero seguro que de igual eficacia, una libación. En este contrato se exige la donación propuesta a la divinidad como condición previa a nuestro acto; es un "da ut dem", "Fac ut faciam",'da tú para que yo dé', haz tú para que haga yo', una ofrenda que se cumplirá si proporciona de antemano lo que se le pidió.
    Como diversos podían ser los líquidos usados dejo a tu elección el mismo, pero conociendo tu particular preferencia por la cerveza, dudo que las Musas, después de restablecerte la inspiración, hagan ascos a una buena jarra de "San Miguel"(aunque ya sabes que yo me inclino más por mi autóctona "Estrella Galicia"), en alguna terracita, sobre el suelo de la calle, sin olvidar hacer añicos en recipiente tras la ceremonia, asunto que siempre podrás justificar ante los no iniciados (el camarero, por ejemplo) como un accidente casual.
    Espero que esta prolija explicación pueda ayudarte a resintonizar con las nueve hijas de Zeus y Mnemosine, aunque visto lo interesante de esta entrada no dudo que ya está empezando a funcionar; aguardo interesadísima tus dos próximas entregas en las que prometo, como me propone tu hermana, enlazar con Pilatos. ¡Un saludo, Ángeles!
    Mil bicos, caro, y perdona el excesivo rollo de hoy.

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    1. No cabe duda que la libación ceremonial es la manera mas idonea de recobrar el favor de las musas, muhcas gracia por la inidcación y me pondre a ello, aunque deberia de probar con distintas marcas a ver cuakle s la de mayor agradao de las hijas de Zeus.

      Mil besets y no pidas perdon por la longitud de tus siempre interesantes comentarios.

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  4. No puedo creer que las musas te hayan abandonado Miguel. Seguro que vuelven pronto.

    "El bautismo que recibí por parte de la iglesia constituye un contrato con el demandado" esta frase también es la que más me ha llamado la atención a mí. Aunque parezca una tontería, el tipo este se preparó relativamente bien la defensa.

    Muy curioso.

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    1. La gracia de la demanda es esa, tiene frases y razonamientos que te hacen pensar. Atento a la siguiente entrada que también tiene cosas curiosas.

      Un abrazo

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